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Unibertsitateak

Programa de Estudios y Análisis 2011

Datu orokorrak:

  • Deskribapena:

    El programa de Estudios y Análisis es una iniciativa del Ministerio de Educación para apoyar la evaluación, diagnóstico y mejora de determinados aspectos del sistema español de enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario. Su financiación y gestión están encomendadas a la Dirección General de Política Universitaria de la Secretaría General de Universidades.
    El objeto de esta orden es hacer pública la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo al programa de Estudios y Análisis de la Dirección General de Política Universitaria, para la realización de trabajos en alguna de las dos modalidades que esta convocatoria determina, trabajos de análisis (A) y propuestas de estudio sobre temas específicos (E), enmarcados en tres ejes estratégicos de reflexión. Algunos detalles concretos orientativos de los trabajos propuestos pueden encontrarse en el anexo.

  • Hartzaileak:

    Unibertsitate publikoek, ikerketako zentro publikoek eta proposamenak egiten dituzten irakasle edo ikerlariek lan egiten duten erakunde publikoetan aurkeztu ahal ziango dituzte eskaerak.

  • Nº de becas: 

    El número de proyectos subvencionados varía cada año.

  • Baldintzak:

    Podrán presentar solicitudes las universidades públicas, los centros públicos de investigación y las entidades públicas en los que presten servicios los profesores o investigadores responsables de las propuestas, siempre que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para la contratación con el Estado u otros entes públicos.
    No se aceptará más de una solicitud por investigador responsable.

  • Hornidura:

    En el caso de la modalidad A, las ayudas previstas en esta convocatoria podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado hasta un máximo de 30.000 euros, incluidos los costes indirectos a los que se refiere el artículo 4.2.e). En la modalidad E, no se establecen límites en el presupuesto. En ambos casos, el presupuesto de las ayudas solicitadas deberá estar plenamente justificado. En todo caso, la cuantía de la subvención para los proyectos seleccionados se determinará en función de los criterios de evaluación y de las disponibilidades presupuestarias.

  • Iraupena:

    11 meses.

  • Aurkezpen epea
    • Desde: 01 de septiembre de 2011
    • Hasta: 22 de septiembre de 2011
    • Aurkezpen epea amaituta
  • Nola egin?:

    En virtud de los supuestos previstos en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, la presentación de solicitudes y la documentación correspondiente, así como la práctica de todas las notificaciones administrativas, se realizará obligatoriamente por vía electrónica.
    La solicitud se cumplimentará en el formulario accesible a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación en la dirección https://sede.educacion.gob.es  y contendrá los datos básicos de la entidad solicitante y del responsable/coordinador que presenta la solicitud.
    Una vez debidamente cumplimentado el formulario en todos sus apartados a través de los medios telemáticos habilitados para ello en la citada Sede, se deberán confirmar y adjuntar los siguientes archivos en formato electrónico:

    • Un plan de trabajo
    • Un currículo abreviado del responsable y de los demás miembros del grupo de trabajo
       
  • Destino:

    Subdirección General del Profesorado e Innovación Docente
    Dirección General de Política Universitaria
    Ministerio de Educación

  • Hautaketa-prozesua:
    • El proceso de evaluación y selección se desarrollará de acuerdo con los siguientes criterios:
      • a) Adecuación de la propuesta exclusivamente a una de las líneas de análisis establecidas en la modalidad A o a las propuestas de estudios concretas especificadas para la modalidad E de esta convocatoria.
      • b) Oportunidad, interés y viabilidad de la propuesta, teniendo en cuenta sus objetivos, la metodología, el calendario previsto y los resultados que se persiguen.
      • c) Originalidad del proyecto, que debe ser inédito y no haber sido realizado en esta u otras convocatorias.
      • d) Adecuación del currículo del responsable y de los integrantes del grupo de trabajo a la propuesta presentada.
      • e) Adecuación del presupuesto presentado a los objetivos que se pretende alcanzar. Se valorará muy positivamente que los conceptos presupuestarios se ajusten claramente a necesidades bien determinadas para poder llevar a cabo la propuesta y que el presupuesto presentado se encuentre debidamente documentado.
      • f) Actuaciones que puedan derivarse del desarrollo de la propuesta. Se valorará muy favorablemente la aplicación previsible de los resultados cuando se plasme en actuaciones concretas inmediatas, que puedan favorecer la innovación y excelencia del conjunto del sistema universitario español.
      • g) Generación de datos y posibilidad de hacer análisis comparativos. Se valorará especialmente la disposición de los equipos proponentes a aportar fuentes y datos que puedan ser compartidos con la comunidad universitaria para la realización de comparaciones y la continuación de los trabajos en estudios más globales.
      • h) Una evaluación desfavorable atendiendo al criterio a) o al criterio b) motivará la denegación de la propuesta. A este respecto, se valorará negativamente el carácter parcial de una propuesta por estar restringida a una asignatura, rama de conocimiento o titulación, o también por referirse a un determinado departamento, universidad o comunidad autónoma, salvo que sus resultados puedan ser claramente susceptibles de aplicación al conjunto del sistema universitario español, lo que deberá ser puesto de manifiesto por el solicitante. Asimismo, atendiendo al criterio e), el hecho de que el presupuesto sobrepase el límite establecido en la convocatoria, sea desmesurado o indebidamente justificado podrá ser razón suficiente para la denegación de la propuesta.
    • La evaluación técnica será realizada por una comisión de expertos evaluadores designada por el Director General de Política Universitaria, a propuesta de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP), que aplicará los criterios de evaluación especificados en el apartado anterior.
    • Durante los procesos de evaluación y de selección, se podrá requerir a los solicitantes la presentación de aclaraciones sobre cualquier aspecto relacionado con su propuesta.
    • La propuesta de concesión la realizará una Comisión de Selección nombrada al efecto por el Director General de Política Universitaria e integrada por el Subdirector General del Profesorado e Innovación Docente, unidad encargada de la instrucción y tramitación del procedimiento, que actuará como presidente de la Comisión; la Subdirectora General de Atención al Estudiante, Orientación e Inserción Profesional, que actuará como vicepresidenta; la Consejera Técnica de la Subdirección General del Profesorado e Innovación Docente, un asesor de la Secretaría General de Universidades y tres profesores universitarios o investigadores, que actuarán como vocales. Un funcionario de la Subdirección General del Profesorado e Innovación Docente actuará como secretario de la comisión, con voz pero sin voto.
    • La selección se realizará en concurrencia competitiva, considerando exclusivamente la documentación obrante en el expediente y el informe de evaluación al que se refiere el apartado 2.
    • En el caso de propuestas de concesión, se comunicará dicha circunstancia al solicitante con indicación de la cuantía de la ayuda propuesta y de las condiciones y plazos para la realización de la acción. El solicitante deberá, en el plazo de diez días hábiles, manifestar su aceptación expresa o exponer las alegaciones que estime oportunas
  • Bateraezintasunak:

    Las ayudas concedidas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que conjuntamente no superen el coste total de la acción. El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para la misma acción, tanto al iniciarse el expediente como en cualquier momento en que ello se produzca, y aceptará las eventuales minoraciones aplicables para el cumplimiento de lo anteriormente indicado.

  • Informazio gehiago:

    Atención: para optar a la convocatoria 2011 del Programa de Estudios y Análisis será preciso contar con un certificado digital válido (DNI electrónico, FNMT, etc.) de los admitidos por la sede electrónica del Ministerio de Educación. Por favor, lea detenidamente las instrucciones sobre los sistemas de firma electrónica que se encuentran en la sede del Ministerio: https://sede.educacion.gob.es/sistema-firma-acepta.html  
    La convocatoria se publicará en el BOE el día 1 de septiembre y el plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el día 22 de septiembre. El trámite de la solicitud, a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, estará accesible del día 1 al 22 de septiembre.

Deialdia:

Eskaera:

  • Argibideak:

    Consultar la ayuda de la aplicación

  • Eskatutako dokumentazioa:
    • Un plan de trabajo en el que se especifiquen:
      • Objetivos de la propuesta.
      • Composición del grupo de trabajo, que no podrá ser modificado salvo por causas de fuerza mayor y previa autorización de la Subdirección General del Profesorado e Innovación Docente.
      • Calendario de actividades y fechas previstas de conclusión y entrega del trabajo (fecha límite: 31 de octubre de 2012).
      • Memoria económica en la que se especifique y justifique el presupuesto solicitado, desglosado según los conceptos establecidos en el artículo 4.2 de esta orden, sin que se admitan otros conceptos que los establecidos en dicho artículo, y para cuya confección deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 4.3.
      • Cualquier otra información que pudiera ser relevante para la correcta evaluación de la solicitud.

        En el caso de las propuestas de estudios presentadas a la modalidad E, deberán adjuntar el desarrollo ajustado a lo señalado en el anexo.
    • Un currículo abreviado del responsable y de los demás miembros del grupo de trabajo (con un máximo de cinco páginas por currículo), con indicación de las contribuciones más relevantes en relación con la propuesta.
  • Eramateko helbidea:

    Una vez correctamente cumplimentada la solicitud electrónica, el peticionario procederá al registro electrónico mediante el uso obligatorio de certificado digital.
    Una vez registrada la propuesta y cerrado el plazo señalado en el artículo 2.7, el representante legal de la entidad solicitante, mediante uso obligatorio de certificado digital de persona jurídica, deberá proceder a validar la solicitud mediante acceso a la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, conforme a las instrucciones que aparecerán en la web www.educacion.gob.es 
    El plazo para la realización de este trámite será de 10 días naturales, pasado el cual se dará por desestimada la solicitud.
     

Ebazpenak:

  • Resoluciones:

    Orden EDU/3537/2011, de 12 de diciembre, por la que se conceden subvenciones para la realización de acciones con cargo al programa de estudios y análisis, destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario.
    (Publicación en el BOE de 28 de diciembre de 2011 )

Más información sobre este trámite o servicio:

Otras convocatorias:

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