El programa de Estudios y Análisis es una iniciativa del Ministerio de Educación para apoyar la evaluación, diagnóstico y mejora de determinados aspectos del sistema español de enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario. Su financiación y gestión están encomendadas a la Dirección General de Política Universitaria de la Secretaría General de Universidades.
El objeto de esta orden es hacer pública la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo al programa de Estudios y Análisis de la Dirección General de Política Universitaria, para la realización de trabajos en alguna de las dos modalidades que esta convocatoria determina, trabajos de análisis (A) y propuestas de estudio sobre temas específicos (E), enmarcados en tres ejes estratégicos de reflexión. Algunos detalles concretos orientativos de los trabajos propuestos pueden encontrarse en el anexo.
Unibertsitate publikoek, ikerketako zentro publikoek eta proposamenak egiten dituzten irakasle edo ikerlariek lan egiten duten erakunde publikoetan aurkeztu ahal ziango dituzte eskaerak.
El número de proyectos subvencionados varía cada año.
Podrán presentar solicitudes las universidades públicas, los centros públicos de investigación y las entidades públicas en los que presten servicios los profesores o investigadores responsables de las propuestas, siempre que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para la contratación con el Estado u otros entes públicos.
No se aceptará más de una solicitud por investigador responsable.
En el caso de la modalidad A, las ayudas previstas en esta convocatoria podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado hasta un máximo de 30.000 euros, incluidos los costes indirectos a los que se refiere el artículo 4.2.e). En la modalidad E, no se establecen límites en el presupuesto. En ambos casos, el presupuesto de las ayudas solicitadas deberá estar plenamente justificado. En todo caso, la cuantía de la subvención para los proyectos seleccionados se determinará en función de los criterios de evaluación y de las disponibilidades presupuestarias.
11 meses.
En virtud de los supuestos previstos en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, la presentación de solicitudes y la documentación correspondiente, así como la práctica de todas las notificaciones administrativas, se realizará obligatoriamente por vía electrónica.
La solicitud se cumplimentará en el formulario accesible a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación en la dirección https://sede.educacion.gob.es y contendrá los datos básicos de la entidad solicitante y del responsable/coordinador que presenta la solicitud.
Una vez debidamente cumplimentado el formulario en todos sus apartados a través de los medios telemáticos habilitados para ello en la citada Sede, se deberán confirmar y adjuntar los siguientes archivos en formato electrónico:
Subdirección General del Profesorado e Innovación Docente
Dirección General de Política Universitaria
Ministerio de Educación
Las ayudas concedidas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que conjuntamente no superen el coste total de la acción. El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para la misma acción, tanto al iniciarse el expediente como en cualquier momento en que ello se produzca, y aceptará las eventuales minoraciones aplicables para el cumplimiento de lo anteriormente indicado.
Atención: para optar a la convocatoria 2011 del Programa de Estudios y Análisis será preciso contar con un certificado digital válido (DNI electrónico, FNMT, etc.) de los admitidos por la sede electrónica del Ministerio de Educación. Por favor, lea detenidamente las instrucciones sobre los sistemas de firma electrónica que se encuentran en la sede del Ministerio: https://sede.educacion.gob.es/sistema-firma-acepta.html
La convocatoria se publicará en el BOE el día 1 de septiembre y el plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el día 22 de septiembre. El trámite de la solicitud, a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, estará accesible del día 1 al 22 de septiembre.
2011ko irailaren 01a
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Una vez correctamente cumplimentada la solicitud electrónica, el peticionario procederá al registro electrónico mediante el uso obligatorio de certificado digital.
Una vez registrada la propuesta y cerrado el plazo señalado en el artículo 2.7, el representante legal de la entidad solicitante, mediante uso obligatorio de certificado digital de persona jurídica, deberá proceder a validar la solicitud mediante acceso a la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, conforme a las instrucciones que aparecerán en la web www.educacion.gob.es
El plazo para la realización de este trámite será de 10 días naturales, pasado el cual se dará por desestimada la solicitud.
Orden EDU/3537/2011, de 12 de diciembre, por la que se conceden subvenciones para la realización de acciones con cargo al programa de estudios y análisis, destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario.
(Publicación en el BOE de 28 de diciembre de 2011
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