Tienen por objeto reforzar directamente el programa formativo e impulsar el desarrollo de la tesis doctoral. Las actividades a realizar durante la estancia ya sean en laboratorios de investigación, para consulta de fondos bibliográficos o documentales de índole diversa, el aprendizaje de nuevas técnicas instrumentales y otros trabajos de campo, deben considerarse significativas y beneficiosas para el cumplimiento de los fines de las ayudas concedidas y que no ocasionen retrasos en la culminación de los estudios de doctorado. Quedan expresamente excluidas las actividades ordinarias que exija el programa de formación de posgrado y el normal desarrollo de la tesis. Las ayudas se aplican a estancias en España y en el extranjero.
Beneficiarios activos del programa
No hay límite.
Beneficiarios del programa que estuvieran incorporados desde el ejercicio anterior y hayan presentado la memoria de seguimiento anual y no hubieran disfrutado o estuvieran disfrutando en el momento de cursar la solicitud de otras estancias breves por un máximo de 12 meses.
Para estancias en España, el complemento de la dotación mensual será de 25 € euros por día, con una ayuda para el viaje de hasta 120 €.
Para estancias en el extranjero, el complemento de la dotación mensual será de hasta 50 € por día, con una ayuda de viaje de hasta 1.200 €, dependiendo del país.
La duración mínima es de dos meses y máxima de cuatro meses. Excepcionalmente se podrán conceder estancias de un mes cuando el destino sea España.
Los interesados en solicitar las ayudas deben presentar su solicitud por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Departamento.
Los impresos para cumplimentar la Memoria del proyecto, la Carta de aceptación del centro receptor de la estancia y la Conformidad del Organismo de adscripción para la estancia breve, se encuentran disponibles en el “Cuaderno de impresos durante la vigencia de la ayuda”.
Centros en el España o en el extranjero, ubicados en localidad distinta a la del centro de adscripción de la ayuda FPU y que implique cambio de residencia respecto del domicilio habitual y sea diferente de la residencia familiar y al centro de formación académica anterior. Las estancias en centros extranjeros deberán asegurar un grado de internacionalización a la que no hubieran accedido por formación académica anterior o por nacionalidad.
La evaluación de las solicitudes tendrá como criterios de valoración el objeto de la estancia, la duración, la idoneidad y calidad del centro de destino con relación a la mejora de la formación de los beneficiarios y su internacionalización, plan de trabajo y de la situación del desarrollo del proyecto de tesis.
No haber disfrutado o estar disfrutando de otras estancias temporales por un máximo de doce meses.
2011ko otsailaren 24a
Subsanación
Relación oficial de subsanación
Orden EDU/2394/2011, de 16 de agosto
, por la que se conceden ayudas para estancias breves en España y en el extranjero a personal investigador en formación del Programa de Formación de Profesorado Universitario.
(Publicado en el B.O.E de 7 de septiempre de 2011)




(Publicado en web 27-12-2011)
(Publicado en web 27-12-2011)91 745 92 14
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